Es una relación jurídica mediante la cual se transfiere fondos líquidos o bienes de su propiedad a un ente fiduciario (Banco) para que este los administre, de acuerdo a las condiciones y términos establecidos en el contrato de fideicomiso para la ejecución de proyectos o programas de infraestructura, inmobiliarios u orden social.
REQUISITOS:
- Carta de solicitud de constitución del fideicomiso indicando la finalidad, monto, la procedencia de los recursos (LOCTICSEP), aceptación de la propuesta de servicio y conformidad con la comisión fiduciaria.
- Copia de la Cédula de Identidad de los representantes legales de la empresa.
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Acta Constitutiva y Estatutos de la Empresa debidamente inscritos ante el Registro respectivo.
- Gaceta Oficial del nombramiento del representante legal (aplica para ente gubernamental).
- Gaceta Oficial de la creación del organismo. (aplica para ente gubernamental).
- Código emitido por la Oficina Nacional del Tesoro (Código ONT). (si no aplica, remitir carta de exención emanada de la ONT- aplica para ente gubernamental).
- Copia fotostática del Registro Único de Información Fiscal (RIF)
- Copia fotostática de la Certificación emitida por el SENIAT para la exoneración de cualquier impuesto (en caso de exoneraciones).
- Planilla Declaración Jurada Origen y Destino de Fondos (form.1591).
- Número de la cuenta (ahorro o corriente) en el Banco Industrial de Venezuela.
- Ficha de Identificación de Clientes Ocasionales PJ (forma 1964) suministrada por la Institución Bancaria. (Aplica para algunos contratos de Administración).
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